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Cuando la Ley exige un título registrado para hacer valer un derecho, no puede suplirse aquél con otra clase de prueba, salvo disposiciones especiales.


Requisitos para la Compra y Venta de Inmuebles / Declaración Sucesoral y Vivienda Principal

Con el deseo que le sirva de utilidad a continuación datos importantes para la compra y venta de Inmuebles pudiendo tener variaciones en cada país, pero generalmente son los mismos requisitos con diferentes nombres . (al final de este artículo también encontrará  una guía con todos los pasos de tramitaciones Inmobiliarias ). 

Les recomiendo estimados, que lean todos los requisitos para cada caso y los enlaces facilitados con la información extra que está detallada; incluso les invito a leer las preguntas y respuestas al final de éste artículo antes de usar el formulario de atención, (al final de la página) donde probablemente  encuentren la respuestas a sus dudas.

Como actualización dividiré el artículo en categorías o apartados, ( en ésta última actualización he incorporado en el apartado III requisitos para liberación de hipotecas y Faov)  por lo tanto para su mayor comodidad y  búsqueda fácil  la información queda quedando dividida así: (click en cada apartado y se abrirà una nueva ventana con la información



  1. Apartado I : Compra y venta de Inmuebles con todos sus requistos A- Compras B- Venta C- Hipotecas
  2. Apartado II: Vivienda principal (adquisición, mejoras, construccción).
  3. Apartado III: Liberación de Hipotecas ( Con subsidio del Faov, recursos propios, Créditos comerciales, por fallecimiento...)
  4. Apartado IV: Declaración Sucesoral.
  5. Apartado V: Declaración y anulación Vivienda Principal.
  • Apartado VI: Guía de tramitaciones inmobiliarias (detallado)

Importante:
"Mi  intención es aclarar sus dudas mediante una orientación oportuna y básica ,   pero si deseas una asesoría personalizada y completa puedes contratar mis servicios".
  • Puedes contratar mis servicios profesionales visitando la siguiente página  AsesoriaOnline donde les ofrezco atención y asesoramiento  personalizado  con una duración de 45 min y la entrega de un dossier detallado, de acuerdo a sus requerimientos  
  • Igualmente esta disponible el chat Online (en el borde derecho inferior) para dejar su consulta

Me agrada poder ser un apoyo para  aclarar sus dudas, por lo tanto me encantará la reciprocidad con un me gusta y seguir mis páginas: Facebook - Negfertty inmueblesyturismo y Google + Inmuebles y Turismo .  Gracias por su confianza.





APARTADO VI

GUÍA DE TRAMITACIONES INMOBILIARIAS

                                                                                    Open publication

Saludos: @Negfertty

(Si deseas una respuesta mas rápida usa el formulario de Atención para su consulta aqui: Contacto)


235 comentarios:

  1. Buenas tardes. Mi pregunta es: vendí mi propiedad en el 2007 . Y no anule la vivienda Ppal Ahora,2015, deseo pedir préstamo para adquirir vivienda y registrarla como Ppal . Se supone q ya esa vivienda estará registrada por el propietario actual como vivienda Ppal. O aparecerá en los registros del SENIAT que ya poseo vivienda Ppal y debo anularla? Puede una vivienda tener 2 registros d este tipo? Si no estaba en Vzla, no percibí ingresos durante los 7 años, tampoco declare ISLR y use el dinero para pagar mis estudios en el exterior Como demuestro ante el SENIAT q no use los recursos para comprar otra vivienda . Me pueden negar la anulación de ese inmueble como vivienda Ppal por no haber usado el dinero para adquirir otra vivienda?

    Rosa Silva Rodriguez

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    1. Gracias, la respuesta abajo. Saludos

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    2. Buenas noches. poseo un credito hipotecario por el banco venezuela como vivienda principal. mi pregunta seria la siguiente : una vez liberada la hipoteca de primer grado puedo venderla sin ningun problema? o no puedo venderla por ser una vivienda principal?

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    3. Yosmary puedes venderla sin ningún problema, luego debes seguir los pasos para anularla como vivienda principal

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  2. Estimada Rosa:

    RECAUDOS PARA ANULACIÓN DEL REGISTRO DE VIVIENDA PRINCIPAL

    EN CASO DE DIVORCIO
    1- Copia sentencia de divorcio
    2- Copia de liquidación de comunidad conyugal registrada

    EN CASO DE FALLECIMIENTO
    1- Copia de la declaración sucesoral y solvencia.

    EN CASO DE DESASTRE NATURAL
    1- Informe del cuerpo de bomberos
    2- Certificación de la alcaldía correspondiente.

    CAMBIO DE DOMICILIO
    1- Original del registro de vivienda principal que se va a anular o copia certificada

    POR VENTA DE INMUEBLE
    1- Copia de documentos de venta del inmueble registrado

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  3. Hola me gustaria que me aclararan una duda me estan vendiendo un apartamento en un edificio que actualmente no tiene propiedad horizontal,Ni condominio formado,La propiedad horizontal no la posee ya que el edificio en un principio se construyo para un almacen pero luego el dueño cambio de idea y modifico el edificio construyendo varios apartamentos por piso, El dueño del edificio me dice que me puede vender uno de los apartamentos y dar los papeles por medio de contrato compra venta notariado,Mi pregunta es que tan legal podria ser la compra de esa manera teniendo en cuenta las condiciones en las que actualmente se encuantra el edificio sin propiedad horizontal,Ni condominio formado

    Muchas Gracias por su ayuda

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  4. Hola Jesús, feliz tarde, estaba leyendo tu comentario, te comento que a no estar registrado el inmueble como propiedad horizontal, quizás a futuro eso tendría varios inconvenientes como por ejemplo: al formalizar la compra venta definitiva, ya que el paso de notaria es para acreditar la negociación pero sólo el registro la valida, para explicarte de otra forma la compra por notaría es un medio para agilizar pero no te otorga el dominio de la propiedad, el dominio te lo otorgará la firma ante el registro principal inmobiliario , además si la construcción no esta del todo en orden ante la ley pues no tienes ninguna garantía, solo la buena fe entre las partes.
    El notario acredita la negociación y el registro las valida.

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  5. BUENOS DIAS, YO ESTOY INTERESADO EN RECIBIR ASESORIA EN ESTA AREA, YA QUE ESTOY INICIANDO UNA PEQUEÑA EMPRESA EN EL RAMO INMOBILIARIO, Y EN MI ZONA NO HE PODIDO UBICAR A ALGUN PROFESIONAL QUE NOS AYUDE.- MUCHAS GRACIAS..

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    1. La respuesta fe enviada a su correo el mismo día, saludos

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  6. Buenos Dias, Les escribo ya que mi madre compro una parcela, en esa parcela mision vivienda le va a realizar una casa. Ahora mi pregunta es mi mama es jubilada ella igual puede optar por un crédito de ley de política? Teniendo ella 55 años. Gracias de antemano por su respuesta

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    1. Hola Lucinez, puede siempre y cuando cumpla con algunos requisitos y presente otros como los de Jubilación:

      *Cédula de identidad ampliada
      *Constancia, resolución o carta de jubilación emitida por el último empleador, IVSS u organismo de similar naturaleza.
      *Carta de antecedentes de servicios o constancia de años de servicios, según corresponda.
      *Declaración jurada de no poseer una deuda por concepto de crédito para la adquisición , autoconstrucción, remodelación o mejoras.

      Saludos

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  7. Buenos días! Reciba un cordial saludo, mi inquietud es la siguiente: en mi caso es que tenemos el titulo de propiedad de la casa notariado, y mi padre ya fallecio hace mas de 10 años, y queremos hacer la declaracion sucesoral, pero para pedir la solvencia catastaral nos pide el registro del inmueble, pero cuando vamos al registro nos pide solvencia catastar y así estamos varados, el otro inconveniente es que el vendedor ya falleció también y el comprador que es mi padre. Que solución nos daría para poder registrar el terreno. Espero su pronta respuesta.

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  8. Buenas tardes estimado Pedro Malpica, ya han 6 años ó más desde la fecha del fallecimiento de su familiar,y no realizó la Declaración Sucesoral de los bienes dejados por el causante,por estar prescrita la obligación no paga tributo, ni multa, sólo se deberá hacer la declaración informativa, con el inventario de los bienes correspondientes, además de sacar el RIF sucesoral, así como también,elaborar un escrito de solicitud formal de la declaratoria de prescripción,fundamentada en las normas del Código Orgánico Tributario y la ley de impuesto sucesoral. Luego de tramitada la prescripción de la Declaración sucesoral ante el Seniat, podrá disponer legalmente de los bienes.

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  9. Todos los demas comentarios han sido respondido mediante mensaje interno. Muchas gracias.

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  10. Hola, buenos dias, tengo una duda, compre una casa con titulo supletorio, sin embargo en este titulo dice que tiene una medida, pero la realidad es que es mas grande, como haria para cambiar esto y no tener inconvenientes en un futuro. PosdataÑ Excelente Blog

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    1. Hola Francis, muchas gracias, te recomiendo que vayas a la alcaldía correspondiente , y entre los requisitos que probablemente te pidan estará un nuevo plano de la casa, con las ampliaciones y/o remodelaciones que se hicieron y si es error de escritura buscar a la persona que construyó originalmente para agregarle una nota marginal al mismo.

      Me gustaría hacerte unas preguntas sobre el titulo supletorio.

      Saludos.

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  11. Buenas tardes. Mi caso es el siguiente: Mi abuela en vida me vendió su casa y ahora que falleció, mis tíos pretenden impugnar el documento.

    Me inquieta saber si eso puede ser posible o en caso contrario, que debo hacer para evitarlo.

    Agradecidad enormemente de su respuesta a la brevedad, les saluda

    Y.H

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    1. Yamileth, deseo te haya servido de orientación mi respuesta directa.

      Saludos

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  12. buen día, alguien me podría ayudar con un modelo de poder para la venta futura de un apartamento dejado como herencia (falleció una señora), es decir son cuatro herederos padre y tres hnos y uno de los hijos del señor se va fuera del país y mas adelante venderán el inmueble para evitar incomodidades a largo plazo...

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    1. Dilexa en el siguiente enlace podrás encontrar algunos modelos.

      Saludos

      http://negfertty.blogspot.cl/p/formato-de-documentos-civiles.html

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  13. Hola buenas noches quisiera saber cuanto podrían ser los gastos por registrar un documento compra venta de un apto sin incluir los honorarios del abogado...Cuanto podría pagar en impuesto si el apto cuesta 10 millones bsf..Y cuanto podrían ser los honorarios de abogado que estaría realizando todo ese trámite..De que dependería cada uno de esos pagos..Gracias por contribuir con personas como nosotros y espero su pronta respuesta saludos

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    1. La respuesta fue enviada a su correo, deseo haya sido de ayuda. Saludos

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  14. Hola gente linda,muchas gracias; todos las respuestas serán enviadas en la brevedad posible a sus correos o perfiles de g+.

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  15. Buenos Días: Necesito que me asesoren en lo siguiente: Mi cuñada se fue del país hace 20 años, en esa época ella había comprado una casa, la cual me vendió a mi. Yo le pague a ella y me quede con la cuenta de la hipoteca la cual esta cancelada. Para hacer todos los trámites ella me otorgó un poder amplio. Con este ya logré actualizar la vivienda y tengo el documento del banco firmado en el Registro. Ahora bien, yo como apoderada voy a firmar la venta del inmueble, puedo firmar también como compradora? Gracias por la ayuda que me pueda prestar. Angelina Gonzalez

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    1. Estimada Angelia, si el poderdante le confirió facultades “para contratar consigo mismo” no habrá problemas, solo así podrás celebrar el contrato de compraventa correspondiente, actuando como apoderada del propietario, vendiendo la propiedad y actuando también como compradora del mismo inmueble en el mismo contrato. Saludos.

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  16. Me están vendiendo un town house que no tiene título de propiedad xq fue de.una estafa inmobiliaria que agarro el gobierno y termino de hacerla. Me pueden hacer una cesión de la opción de compra venta? Como verificó que ese inmueble sea de esa persona y que pueda cedermela y que yo tenga la seguridad de obtener mi titulo de propiedad al futuro?

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    1. En caso de que no estar registrado un inmueble, no siempre es fácil demostrar que el propietario es en realidad la persona que intenta venderlo.Es algo bastante delicado ya que la transmisión de bienes no registrados es una operación que puede prestarse a estafa. Por eso, es fundamental tener constancia de la autenticidad y legalidad de los documentos acreditados por quien se presenta como propietario de la vivienda. Para verificar bastará, en cada caso, con un contrato de compraventa o una escritura donde acredite el dominio con los datos personales de las partes. De hecho, en muchos de estos casos sólo existe como documento de propiedad un contrato privado, que por lo general no lleva la firma de un notario. Saludos.

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  17. Buenas noches, mi madre fallecio y dejo una casa (Bienhechuria) y en estos momentos estoy tramitando la declaracion sucesoral ante el Seniat. Hay quien me dice que también debo contratar un abogado para realizar ante un juez el proceso de declaración de unicos y herederos universales.
    Es realmente necesario ese otro proceso?
    Puedo yo vender esa casa solo con la declaracion sucesoral?..gracias

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    1. Buenas tardes Isidro, es realmente necesario el proceso. La declaración de herederos es el pronunciamiento que hace el Juez de las personas que por la ley o un testamento son los llamados a suceder en su patrimonio a otra persona que ha muerto. Es una decisión dictada por un tribunal en la que se reconoce como herederos a los sujetos mencionados en ella y las pruebas a presentar ante el Juzgado son las siguientes:

      1) copia certificada del Acta de Defunción;

      2) copias certificadas de las partidas de Nacimiento de los herederos;

      3) copia certificada del Acta de Matrimonio de sus progenitores;

      4) copias legibles de las cédulas de identidad o pasaportes de los señalados; y,

      5) el ofrecimiento de las declaraciones de varios testigos a ser evacuadas ante el Juzgado.

      Saludos.

      Acá te dejo un enlace: https://goo.gl/zXrTH0

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    2. Busca el enlace en el apartado de ¿Como se hace la Declaración Sucesoral?, allí buscas "Requisitos y recaudos para declaración sucesoral " y lo puedas imprimir. Saludos...

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  18. Buenas noches, voy a vender mi apto el mismo posea una hipoteca de primer grado, ya tengo todos los documentos al día hoy me otorgaron el borrador de liberación de hipoteca cuáles serían los pasos siguientes para vender

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    1. Buenos días Rammel, El borradore de liberación de hipoteca será utilizado como “Encabezado” en el documento de venta o nueva constitución de hipoteca, y los pasos a seguir y/o documentos a consignar están especificados en esta misma entrada. Ahora pueden presentarse dos casos: 1.-vender con la hipoteca o 2.- liberar y vender; para ello solo cambiaría el Documento de Borrador de liberación de Hipoteca por el Documento de Liberación de hipoteca. La diferencia entre ambos documentos es el siguiente:
      BORRADOR DE LIBERACIÓN DE HIPOTECA: Este documento se entrega al cliente cuando su crédito está activo y desea vender el inmueble.
      LIBERACIÓN DE HIPOTECA: Para la elaboración de este documento el crédito debe estar cancelado en su totalidad.
      Saludos.

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  19. bnas noches,mi esposo y yo queremos poner la casa donde vivimos a nuestro nombre, esta casa pertenece a la sucesion de mi suegro, mi suegra y mis cuñadas no tienen ningún inconveniente en firmar el documento sin recibir ningún dinero, ya q en vida mi suegro dejo dicho q la casa era para mi esposo, el caso es, esta casa la construyo lo que en su tiempo se llamo INAVI, el terreno pertenece al estado nacional, la sucesión ya fue liquidada por el seniat, yo tramite la ficha catrastal a nombre de la sucesión, ya tenemos todos los impuestos municipales pagados y tenemos la solvencia, mi pregunta es por se esta casa construido en terrenos dl estado yo no puedo hacer los tramites por el registro inmobiliario? tiene q ser por notaria? otra cosa, el documento de la casa esta notariado, no esta registrado

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    1. Buen dia etimada Anabela, la pregunta es, ¿ tienen el documento que indica la cláusula de liberación del Inavi? ¿la zona del terreno es catastrada?
      Atenta a lo siguiente:
      INMUEBLES CONSTRUIDOS SOBRE TERRENO PROPIO (En zona catastrada)

      1. Fotocopias legibles de las cédulas de Identidad, el RIF y el NIT de los Otorgantes,
      2. Solvencia Municipal,
      3. Ficha Catastral,
      4. En caso de exceder la venta de Bolívares 88.100.000,00, la planilla de pago del impuesto del 0,5 % de la transacción al SENIAT,
      5. Al ocurrir cambios en el Estado Civil del Propietario, según el caso: Acta de Defunción del Cónyuge, Declaración Sucesoral, Sentencia de Divorcio o Separación de Cuerpos y Bienes,
      6. En caso de ser necesario: Plano o levantamiento topográfico,
      7. Si una de las partes es Niño o Adolescente, consignar autorización del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente,
      9. Notificación de venta al SENIAT.

      CONSTRUIDAS SOBRE TERRENO MUNICIPAL EN ZONA CATASTRADA:

      1. Los citados con anterioridad en el apartado A.
      2. Autorización del Municipio para la venta, emitida por la Sindicatura Municipal.

      INMUEBLES CONSTRUIDOS SOBRE TERRENO MUNICIPAL EN ZONA NO CATASTRADA:

      1. Los citados en el primer apartado (sin ficha catastral y solvencia municipal),
      2. Autorización del Municipio, emitido por la Sindicatura Municipal.

      INMUEBLES CONSTRUIDOS SOBRE TERRENOS PROPIEDAD DEL I.N.T.I ( antes I.A.N) O I.N.A.V.I. EN ZONA NO CATASTRADA:

      1. Los citados en el primer apartado (sin ficha catastral y solvencia municipal),
      2. Autorización de la Junta Directiva del I.N.T.I. y del I.N.A.V.I, según el caso

      Saludos.

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  20. Muy buenas estoy apunto de realizar un documento opción a compra. Yo soy el comprador . esa persona que estoy apunto de hacer negocio tiene es el documento notariado mas no esta registrado ella podrá hacer realizar dicha transacción o tiene que registrar antes de hacer este tipo de negocio ?

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    1. Buenos días estimado Daniel, sin ningún problema podrían realizar el doc de compra venta, pero existen otros atenuantes como: solvencia servicios públicos (aseo, electricidad, agua)
      solvencia municipal
      cedula o ficha catastral
      No siempre es fácil demostrar que el propietario es en realidad la persona que intenta vender el inmueble (cuando el documento no se ha inscrito debidamente en el registro inmobiliario correspondiente), la transmisión de bienes no registrados es una operación bastante delicada .y es fundamental tener constancia de la autenticidad y legalidad de los documentos acreditados por quien se presenta como propietario del inmueble.

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  21. Buen día, ante todo la felicito por la excelente información que publica en su blog!
    Quisiera que me aclarara una duda!
    Soy extranjero y deseo adquirir un terreno en la isla de margarita - Venezuela; actualmente tengo cédula del Mercosur y al ir a Venezuela entrare con Visa de Turista, mi pregunta es:
    para el tramite del RIF debo estar presente en Venezuela? o puedo apoderar a un abogado allá para que en mi nombre adquiera el terreno sin yo estar presente? de ser negativa esta pregunta,
    podría yo apoderar a alguna persona para que tramite por mi el RIF y al yo llegar a ese país proceder a comprar el inmueble sin mayores complicaciones?

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    1. Buenos días Griseida,
      El Registro Único de Información Fiscal (RIF), es un documento destinado al control tributario de las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica. Este registro está hecho para el control de impuestos, tasas y contribuciones administradas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, SENIAT.
      Es un documento personal e intransferible. Te recomendaría que consultes a través del 0-8000-SENIAT.
      En cuanto a la compra de bienes Inmuebles en calidad de turista, existen ciertas restricciones, lo invito a leer algunos comentarios mas arriba donde quizás encuentre respuestas.

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  22. Buenos dias, mi duda es la siguiente el seniat otorga permiso a una sucesión para vender o hipotecar un inmueble en caso de no poseer recursos para pagar los impuestos generados por la declaración sucesoral?

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    1. Buenos días estimada María, la respuesta es no, ya que se trata de un acto Obligatorio para disponer de esas propiedades, si les interesa vender deben cumplir con el tramite. La declaración debe hacerse dentro de los 180 días hábiles luego del fallecimiento del causante. Usa el formulario de atención para hacerte unas sugerencias. Saludos.

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  23. Buenas tardes. Quiero vender un terreno. Sin bienechuria. Que me dejo mi padre. Sólo Tengo un documento que es un certificado de solvencia de sucesion. Emitido por el seniat que incluye un número de rif
    Que otro documento necesito para venderlo y que otros trámites debería realizar
    Gracias por su atención

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    1. Hola buenas tardes, necesitas todos los documentos Originales de terreno y sucesión y solvencias catastrales, ademas de que todos los que aparecen en el dcto. sucesoral estén de acuerdo en vender y/o firmar. Saludos

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  24. hola buenas tardes, haciendo la declaración sucesoral, la unica casa que posemos no tiene documentos de las bienhechurias sólo hay documentos del terreno, en el cual esta sentada la vivienda, pregunto con este terreno puedo pedir ante el seniat la declaración de vivienda principal?

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    1. Buenas tardes Leonielzi, imposible hacer la declaración de vivienda ppal sin titulo supletorio que demuestre que hay una vivienda en dicho terreno, primero deben hacer el registro debido de las bienhechurias. Saludos.

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  25. Buenas tardes. Quiero vender un terreno. Sin bienechuria. Que me dejo mi padre. Sólo Tengo un documento que es un certificado de solvencia de sucesion. Emitido por el seniat que incluye un número de rif
    Que otro documento necesito para venderlo y que otros trámites debería realizar
    Gracias por su atención

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    1. Buenos días Anabel, como conteste el día de ayer necesitarás todos los documentos Originales para la venta: Del terreno, sucesión y solvencias catastral, además de que todos los herederos(de haberlos) estén dispuestos a vender y firmar. En el apartado A de ésta estrada aparecen los requisitos que necesitarás, como también en la guía de tramitaciones. Saludos

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  26. Excelente blog! Felicitaciones primeramente a todos los que aqui trabajan... Mi pregunta es la siguiente: La casa que habito fue adquirida hace apenas dos años, el banco hipotecario mercantil financio con credito FAOV recursos propios (NO Subsidio)... quiero cancelar el credito y pedir la liberacion de la hipoteca, que tramites debo hacer? hay algun tramite adicional que hacer ante el banavih?? gracias mil por su ayuda...

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    1. Buenos días Ángel, en el apartado C (Sobre las hipotecas) al final de dicho apartado hay tres documentos a modo de sugerencia, el tercero te explica como hacer esa liberación. Éxitos y saludos. @Negfertty

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  27. Buenos días Negfertty..! estoy interesado en emprender como asesor inmobiliario, me gusta mucho el area de las ventas y mas aun en este sector,pues es muy desafiante y creo que por demás gratificante... pero quisiera emprender un modelo que hasta ahora he visto se realiza en otros países, como es la remodelacion y venta sin comprar el bien inmueble. Quisiera,de ser posible, me enviaras algo así como una guía para ejecutar el procedimiento. Cabe destacr que me dirijo a ti porque puedo ver en tu blog que tiene mucha información valiosa que estoy seguro me podría servir de mucho en mi intensión de emprender..! Hatras ahora estuve leyendo tu escrito, pero lo confieso, me hace falta estudiar mucho al respecto, pues quedan alguna dudas por resolver.. Muchas gracia s de ante mano por tu pronta respuesta y tu gran y valiosa colaboración...!

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    1. Buenas tardes Manuel, muchas gracias por tus comentarios es gratificante para mi ser de utilidad; en cuanto a tu pregunta te refieres al Home Staging, que es una estrategia del marketing inmobiliario, donde se hacen cambios a los inmuebles, que pueden ir desde arreglos muy básicos hasta remodelaciones extremas. Te invito a que ubiques la entrada y puedas leerla. Saludos Cordiales.
      http://negfertty.blogspot.cl/2012/07/home-stagin-que-es-estrategias-de.html

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  28. Hola buenas tardes, felicitaciones por el blog, es muy instructivo! Mi inquietud es la siguiente: acabo de adquirir una casa por documento notariado y quiero registrar de inmediato por el comportamiento del vendedor el cual me genera desconfianza puesto que no me termina de entregar el recibo de la luz de la vivienda. La misma no posee agua propia puesto que la calle no cuenta con medidor. Se que el registro pide las solvencias. Mi preguntas son las siguiente: Puedo ir a corpoelec con documento notariado en mano a pedir la solvencia? Y me aceptarán el documento en el registro sin contar con solvencia de hidrocaribe? Gracias de antemano

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    1. Buenas tardes Vanessa, es muy extraño que en notaria hayan firmado sin las respectivas solvencias ya que es requisito indispensable. Por eso es necesaria la asesoria de un Asesor Inmobiliario ya que todos esos tramites deben hacerse antes de la firma para evitar posibles inconvenientes. Si hay deudas impagas en corpoele o hidrocaribe estarán por tu cuenta puesto ya firmaste la compra venta. Éxito, te invito a leer en esta misma estrada la guía para tramites, allí tendrás un poco mas de orientación. Saludos

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  29. Buenas
    De antemano gracias por la ayuda que me puedas brindar.
    En este momento estoy comprando una vivienda. Ya se solicito el Credito HIpotecario el cual fue otorgado, estoy a la espera del documento por parte del banco a fin de llevarlo al registro principal. Sin embargo, aquí me exigen el registro de vivienda principal pero el vendedor no lo realizo. Mi pregunta es si el vendedor debe registrar la vivienda como vivienda principal o si paga alguna multa y ya para luego yo realizar mi registro ante ante el SENIAT.
    Muchas gracias

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    1. Buenos días Zule, si el propietario actual no registró la vivienda como principal , el deberá cancelar el 0.5% del valor de venta al registro el cual se hace con planilla emitida por SENIAT, si lees detalladamente encontrarás todos los requisitos y los pasos a seguir en esta misma estrada. Éxito y saludos. @Negfertty

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  30. Buenos días David, en definitiva no es lo propio, al momento de la firma de opción compra venta la propietaria actual tendría 30 días para desocupar el inmueble; y si la compra es definitiva y al contado pues el inmueble debe estar desocupado y libre de personas... lo demás que decidas ya es bajo su responsabilidad y actuar de buena fe entre las partes. Éxito y saludos.

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  31. Hola buenas noches ante todo un cordial saludos y felicitaciones por este blog el cual tiene mucha información de interés mi duda es la siguiente vivo en un apartamento con mi esposa desde hace 10 años este apartamento es de la tía de mi esposa, la tía de mi esposa vive en estados unidos hace muchos años y nos quiere vender el apartamento pero ella no dejó ningún poder y no quiere venir a Venezuela también nos dice que supone el apartamento por perdido por la actual situación de Venezuela, nosotros suponemos que ella puede hacernos un poder por algún consulado de estados unidos para que el apartamento quede a nombre de nosotros pero tiene la cédula venezolana vencida ella podrá firmar un poder con sus documentos de estados unidos y luego enviarnos ese documentos a Venezuela?

    Gracias de antemano.

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    1. Buen día Christian, deseo hayas tenido una feliz Navidad junto a los tuyos; en relación a tu consulta tu tía puede elaborar el poder aunque su cédula este vencida. Te recomiendo visites la página
      http://tramites.embavenez-us.org/ (deberás escribirla ya que este blog no admite copiado y pegado) y cuando estés en la página busca la pestaña "recaudos", allí luego ubica en el menú izquierdo "Registro de Poderes" y sigan los pasos. Saludos y éxitos, cualquier consulta adicional a través del formulario, gracias.

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  32. Saludos, quiero registrar un apartamento que compre, sabras cual seria el monto a pagar en el registro? el precio fue de Bs. 2.500.000. te agradezco mucho tu información

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    1. Hola Glendy, saludos, varios comentarios no los vi hasta el día de hoy en espera de aprobación, me imagino que ya a estas alturas habrás hecho la transacción. Igualmente dejo la respuesta que podría servir para otras lectores.
      Si el inmueble no es vivienda principal, se debe presentar la planilla forma 33 del Seniat (pago de impuesto del 0,5 % ) también si el valor de la venta supera las 3.000 U.T. (en tu caso los supera).
      En cuanto al calculo, el registro inmobiliario emite una planilla de acuerdo al monto del inmueble y otros, que debe ser pagada en los bancos acreditados, correspondiente a los aranceles judiciales por registro que luego del pago debe consignarse.

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  33. Buenas tardes!!! por favor necesito un poco de claridad en un caso ya que ningún abogado me ha podido guiar, vivo en una casa desde hace 42 años, alquilada, el contrato fue verbal, estas personas ya fallecieron, tengo guardado desde el primero hasta el ultimo recibo de pago. Resulta que nunca se ha hecho sucesión desde los Bisabuelos de la persona que hoy día recibe el pago del alquiler (que es una miseria en realidad). Como puede hacer esta persona para venderme la casa??? O existe algún medio a través de las leyes para este caso??? no existe ni copia de las cédulas de los dueños originales y sus respectivos herederos.

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    1. Hola, muy buenas tardes, me disculpo ya que el el comentario recién lo encontré esperando moderación, lo había pasado por alto sin querer.
      Tu consulta es un tema bastante complejo y delicado, con lo cual trataré de ser una guia y que pueda orientarte en los pasos a seguir para recabar información.
      Primero deben agotar todos los medios para saber si existe algún tipo de documento del inmueble, ¿los padres de la persona que recibe el arriendo viven? ¿existe algún documento de filiación?
      La inmatriculación de un inmueble es un tema delicado, ya que si el propietario no tiene la escritura, o que si existiendo no se inscribió en registro o se extravió, mi consejo es que consultes en el Registro Inmobiliario correspondiente,o en catastro, ya que ellos estudiando las particularidades del caso, te puedan orientar sobre el medio más adecuado para conseguir la compra venta a tu favor. ¿Existe algun cobro de servicios públicos con datos, ejemplo aseo? Si tienes alguna otra duda o pregunta , usa el formulario de atención. Saludos y éxito.

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    2. Saludos, no es facil la respuesta, amigo primero usted es inquilino, conserva el caracter de tal, pero para que le vendan los herederos hay que hacer todas las sucesiones de uno y de cada uno de los que han fallecido, mas finados mas problema, hasta llegar al que le vende a usted, lleva tiempo, es complejo y tiene solucion si hay herederos. Y ver los documentos como tal si les pertenecian. Abg. Carlos Goicetti

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  34. Hola buen dia mi pregunta es la siguiente tengo un apartamento que adquiri por ley política habitacional hace un año este bien inmueble forma de la comunidad conyugal

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    1. Hola Mayerling, buenas tardes, saludos y gracias por tu contacto. Completa tu pregunta para poder responderte y asesorarte correctamete.

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  35. Buenas tardes, la presente es relacionado a un caso el cual estamos viviendo mis hermanos y yo. somos 4 hermanos, tenemos una vivienda la cual queremos vender, la tranca se presenta que uno de nosotros, se encuentra fuera del pais, al hablar con el, no quiere vender, que podemos hacer ? 3 queremos hacer la venta, y uno no, hay algo que se pueda hacer, el no quiere regresar al pais, se niega a enviar un poder, en total, se niega a vender.

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    1. Saludos, en ese caso ustedes son comuneros, uno no quiere vender, hay una regla que no se permiten extraños en la comunidad, por otro lado otra regla dice que no se puede forzar a una comunidad, para ello hay una salida, ante ello hacer una particion forzosa de la cosa, por via judicial. Abg. Carlos Goicetti

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  36. Hola ustedes brindan servicio de asesoria personalizada para tramites de documentos inmobiliarios ???

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    1. Hola Jesús Alberto, efectivamente, puedes hacer el contacto a través del formulario de atención. Buen día.

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  37. hola buenas noches... un cordial saludo... excelente blog... la pregunta es la siguiente como hago o que documentos debo de tener para vender una casa que esta ubicada en la primera planta... la casa es de tres pisos y quiero vender la planta de abajo... soy la propietaria del inmueble... muchas gracias.. espero su pronta respuesta...

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    1. Nacy, saludos, debes tener la propiedad registrada, la pregunta es ¿aparecen los tres plantas en el titulo?

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    2. Saludos, en el caso presente, hay que determinar los metros de construccion, en el documento si existen las plantas, es de saber si es edificio o casa, por que hablamos de tres pisos esos es propiedad horizontal.. En dicho caso deben cumplirse una serie de requisitos para la division, como permisos de habitabilidad, planos, etc.. Abg. Carlos Goicetti

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  38. Buenas tardes, muy interesante y educativo tu blog. Mi caso es él siguiente, mi mama me dio parte de su terreno para construir mi casa al lado de la suya, él terreno está registrado a su nombre, yo quisiera saber cómo puedo registrar mi casa a mi nombre y a su vez regístrar la de ella ya que ella tampoco la tiene registrada, a mi me interesa vender mi casa. De ante mano muchas gracias.

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    1. Rosimar, ya tu consulta fue respondida mediante el formulario, gracias.

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  39. Buenas noches Dra. tengo una gran duda mi tia de tres hijos B, C y D, desea que estos le vendan un bien inmueble comprendido por un casa de interés social del antiguo Inavi, dicha casa esta construida sobre un lote de terreno de 10mts de frente por 20mts de fondo. Los hijos C y D tienen extrema dificultad y relaciones discordantes con su señora madre, por lo que ella les propone que se queden con un mini apartamento, dos habitaciones, sala, cocina, comedor, un baño que fue construido en el lote de terreno antes indicado, pero estas mejoras no están registradas.
    mi tia quiere que sus hijos le vendan a ella y a su hijo mayo b y donde a su vez se prevea que el mini apartamento quede a nombre de los hijos C y D. Se puede hacer eso y expresarlo en un contrato de compra venta? o se necesitan mas documentos?

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    1. Estimado(a), saludos, gracias, soy asesor y consultor, no abogado, y en relación a su consulta mi consejo inicial es que recurran a la orientación de un mediador para que puedan como primero, resolver el problema familiar; así llegaran a un acuerdo entre las partes y lo demás, le aseguro que será mucho más fácil; luego de restauradas las relaciones se colocan en manos de un abogado para la redacción de documentos. Saludos y éxito.

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    2. Saludos, en su caso debe hacerse una particion, amistosa o judicial, ello requiere tener un acuerdo, para ello es necesario un mediador y un Abogado, existen opciones claro esta depende de los bienes a partir y de los herederos en llegar al acuerdo, caso contrairio por la via judicial mediante juicio. Gracias. A la orden.. Abg. Carlos Goicetti

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  40. hola!! que deberia hacerse en el caso que una persona dueña de un terreno ejido (estoy clara en que el dueño es la alcaldia, esta persona solo aparece en una lista del consejo comunal de esa urbanizacion como propietaria, claro supongo que propietaria al derecho de construir en ese terreno ejido) y el vendedor vende mitad de ese terreno a otra persona. que deberia hacer el comprador?

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    1. Hola, Rosa, hago una pregunta ¿existe un doc. del terreno aparte de la lista del consejo comunal? Aparecer en una lista no da titularidad, la titularidad sobre un inmueble la da el titulo de propiedad que otorga el Registro Inmobiliario.

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  41. Buenas disculpa, como se hace para obtener el titulo de propiedad, propiedad plena sobre un inmueble que fue otorgado por la Misión vivienda, cuando la misma misión se llevo todos los requisitos para la compra por FAOV, según ellos mismos la tramitan y aun ninguna manifestación de entregar titulo de propiedad, mientras lo que tiene es un certificado de adjudicación,y mi madre tiene al día su FAOV, por favor espero una respuesta, gracias de antemano y bien bueno esta el blog,

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    1. Hola, saludos, gracias por tu comentario, en cuanto a lo preguntas desconozco los pasos que han seguido para la tramitación del inmueble, por lo que es algo que debe la misma misión vivienda darte respuestas; si deseas puedes usar el formulario de contacto y al darme mas detalles, quizás podría canalizarte mejor. Saludos

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  42. Buenas tardes, una amiga está vendiendo su casa en Caracas tiene título supletorio y todos los al día, una Sra que vive en Cartanal le ofrecio su casa como pago, está casa también tiene título supletorio, lo que van hacer es cambiar una por otra, en este caso sería mejor hacer cada una un documento de compra venta en el que se diga que se está dando una cantidad de dinero por cada casa o hacer un sólo documento en el que se diga que se están cambiando las casas como parte de pago una de la otra, Gracias

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    1. Hola buenas tardes, es lo que se conoce como permuta, en vez de colocar el monto de la venta, se coloca la descripción de la vivienda que se recibe como parte de pago en ambos casos, (Los metros de la propiedad: Aquí se detalla el terreno y el inmueble construido. El título de propiedad: Es la certificación la legalidad de la transacción. Impuestos: El dueño declara que que las tasas de servicios como la electricidad, el agua, y el arancel predial están pagos.Libre de gravámenes: El dueño declara que el inmueble no tiene hipotecas o acciones legales que afecten el inmueble.Libre de comodatos y servidumbres: El dueño declara que no hay terceros que puedan reclamar la propiedad.El comprador: La declaración del interés sobre el inmueble.) para todo esto es recomendable busquen la asesoría de un Abogado. Saludos y éxitos...

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  43. hola buenas tardes! mi hermano construyo un apartamento encima de una casa que esta sobre un terreno ejido. mi pregunta es se puede realizar un documento privado de bienechurias o que me aconsejas?

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    1. Hola Rosa, una pregunta ¿han hecho la solicitud a la alcaldía para la compra del terreno en cuestión? así se facilitarían mucho mejor las cosas... En cuanto a cotratos privados, debes saber que no tienen validez al menos que esten notariados... Saludos

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  44. Buenas tardes, primeramente quiero felicitarles por la información proporcionada. Mi caso es la siguiente: para la venta de un inmueble de tipo apartamento que no está registrado como vivienda principal (el propietario posee otro inmueble), deben cancelarse los impuestos generados por la venta del inmueble según la forma 033. El inmueble en venta (no vivienda principal) fue adquirido antes del matrimonio, es decir que no se encuentra como bien común dentro de la sociedad conyugal. La duda es, ¿deberá hoy en día el cónyugue cancelar también los impuestos generados, debido a que al momento de la venta el propietario realice el proceso con cédula de casado? Si es el caso, ¿existe algún método para que el cónyugue quede exento de dicho pago?. Muchas gracias.

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    1. Hola buenas tardes, si el bien inmueble no forma parte de la comunidad conyugal debe ser probado con documentos que lo acrediten. Saludos.

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  45. holaa buen dia Srta. Negfertty me gusta mucho la manera de aclarar las dudas de las personas es por eso que a mi tambien me urge de su ayuda. quisiera comprar un apto pero la persona que me lo quiere vender no es el dueno el alega que esta ayudando a la sra x estar mayor!!! como saber que no es una estafa??? que pasos debo seguir para verificar la veracidad de los documentos?? y a donde deo dirigirme???

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  46. Hola Sergio, buenas tardes, el señor debe tener un poder debidamente registrado para representar a la propietaria en la venta del inmueble.

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  47. el indica que ella no tiene problema al momento de la firma la cuestion es como verifico que el documento sea legal y que pasos sigo si esta todo en orden???

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    1. Ahora comprendo tu pregunta. Sergio, debes pedir una copia del documento del inmueble y copia de la cédula de la propietaria, y con ello te diriges al registro donde esta inscrito y verificas; aparte de ello te invito a que leas en esta misma entrada los documentos a exigir para la compra. Saludos.

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  48. Buenas Noches...gracias por facilitarnos algo de su tiempo y respondernos. El caso es el siguiente. Mi abuelo muere hace 27 años, no se hizo declaracion sucesoral ni se registro la vivienda como principal. hacen dos años, muere mi abuela y deja 08 hijos vivos mayores de edad concebidos dentro del matrimonio. Resulta q en el mismo mes que mi abuela fallece (20/03/20014) una de mis tias vende la casa y con ella todo lo que dentro habia. una propiedad bastante extensa. De esta venta ninguno de mis tios ni mi papa se entero solo cuando fueron a la casa y se encontraron conque estaba vacia, cerrada y vendida. No sabemos si mi abuela le otorgo un poder... o ella hizo una falsificacion y por ende una estafa.Hasta la fecha no sabemos quienes ni donde viven los compradores. Y es hasta ahora donde mis tios llegaron al acuerdo de querer saber como se pudo vender la casa sin su firma y que solo mi tia pudiera hacerlo sola. Apreciaria mucho su orientacion y me diga por donde comenzar. De antem,ano muchisimas gracias. Desde Maracaibo Estado Zulia.

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    1. Hola MBM, saludos y gracias por tu comentario, en relación a tu consulta y relato te comento lo siguiente, la única forma en que tu abuela pudiera otorgar un poder universal a tu tia, es que todos los hijos le hubieran cedido en su momento todos los derechos de la sucesión mediante un documento, aparte de ser intestada en su primer momento (fallecimiento de tu abuelo) tuvo que haberse declarado, luego se suma el fallecimiento de tu abuela; si bien es cierto ella pudo otorgarle un poder a tu tía, el poder solo podía otorgarlo sobre la parte de su herencia, mas no sobre aquellas que les correspondían a los demás herederos de la sucesión .. es un caso muy complejo, que se repite a menudo porque las personas toman estos casos muy a la ligera, mi consejo, es que intenten conseguir una copia del documento de propiedad y se dirijan al registro donde esta inscrita y de esa forma saber como fue la venta. Si deseas mas información, tenemos uno de nuestros asesores legales el estado Zulia, saludos y éxitos.

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    2. Buenas Noches, muchisimas gracias por su orientacion. Es cierto el primer paso es la copia del documento y saber el satus de la vivienda. En cuanto lo consiga me comunico e nuevo para que me informe sobre sus asesores legales aca en el Zulia.

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  49. Buenas tarde, sñrt mi caso es un poco complicado, mi padre tiene 25 años de fallecido y sus últimos 20 años estuvo separado de su esposa luego fallecida con quien tuvo cinco hijos. Esos últimos 20años los vivió al lado de mi madre aun viva con quien tuvo siete hijos y construyeron a sus expensas una casa sobre un gran terreno de la propiedad de muy padre. Mi padre unos días antes de morir estaba en los últimos tramites del divorcio pero no se concretó y además de eso ya había otorgado a sus cinco hijos del matrimonio cinco parcelas de dicho terreno. en la declaración sucesor al aparecemos los 12hijos como herederos aunquen sus hijos del matrimonio ya tienen posición de parte del terreno. Lo que mas quisiera saber es si no hay solución alguna para tener nuevos papeles del resto del terreno. Espero su pronta respuesta.

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    1. Hola Roselys, buenas tardes, si el causante fallece sin testamento, se debe tramitar la Sucesión intestada, una declaración que hace el Juez o el Notario nombrando a los herederos, en este caso si tu padre no se había divorciado no creo haya problema, ya que me comentas que su primera esposa había fallecido motivo por el cual se hizo partición de la primera herencia; entonces no comprendo para que necesitaba hacer un tramite de divorcio..En cuanto a tu señora madre si puede comprobar que vivió los 20 años con el , pasaría a ser también heredera, en cuanto a tus otros hermanos por ley al no haber un testamento , tienen derecho en la herencia. Saludos y si tienes mas dudas o preguntas usa el formulario de atención. Éxitos

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  50. Hola buenas tardes, le agradeceria de antemano toda ayuda que me pueda aportar, mi abuelo tenia su vivienda principal la cual dividio en tres partes una en la cual el vivio y las otras vendio una a mi mama y otra a mi tio pero ella murio hace 15 años y no realizo ningun documento actualmente yo vivo ahi he realizado modificaciones y ampliaciones quiero saber que puedo hacer para colocar los documento de mi parte a mi nombre?

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  51. Hola Anyeli, gracias por escribir, la primera pregunta que debo hacerte es : ¿existe un documento donde conste que tu abuelo le vendió a tu mama?

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  52. Buenas tardes!! de antemano los felicito por su excelente blog. Mi duda es la siguiente: Mi madre fallece hace 22 años dejando diez hermanos como heredero, queria saber cuantos debemos estar de acuerdo para hacer la venta y los requisitos de la misma. muchas gracias

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    1. Fabiola, saludos. Un inmueble, se pueden vender aunque uno de los beneficiarios se oponga. ¿De qué manera? Mediante una partición judicial de la herencia y la posterior subasta pública del bien. Aunque llegar a un acuerdo siempre será la mejor solución.

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  53. QUE HACER SI NO ME APARECE EL DOCUMENTO NOTARIADO DE UNA COMPRA VENTA DE VIVIENDA?

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  54. Buenos dias Negfertty, mi pregunta es la siguiente: hay algun plazo para que un comprador deba formalizar un documento de compra venta hecho por Notaria en el Registro Inmobiliario? mi inquietud es porque compre un apartamento por Notaria hace 7 años y aun no he registrado la compra del inmueble en el Registro. Gracias de Antemano por su respuesta.

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    1. Hola Lili, no hay ningún problema, pero siempre es recomendable hacer la inscripción en el Registro Público de la Propiedad para que surta efectos contra terceros, y se aconseja real izarlo dentro de los siguientes 30 días. La inscripción en el registro de propiedad no es un paso obligatorio para la adquisición, herencia o constitución de una vivienda o un terreno. Sin embargo, es el único título de propiedad válido frente a terceros, ya que otorga seguridad jurídica al propietario del bien. Saludos.

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  55. Buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente. Yo compré mi apartamento en el año 2006 y nunca lo declaré como vivienda principal. Para esta compra vendí mi anterior apartamento el cual si registré como vivienda principal y anulé, pero nunca me dieron ninguna constancia de esa anulación, me dijeron que con la recepción de los documentos era suficiente. Puedo, después de todos estos años, registrar mi última vivienda como vivienda principal? Muchas gracias por su orientación.

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    1. Hola Sonia, por supuesto que puedes inscribir tu vivienda como principal, no deberían ponerte condiciones para ello, acude con todos los recaudos el día correspondiente (como previsión lleva el doc. de venta de tu propiedad anterior). Éxitos!!

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  56. Buenos días, tengo la necesidad de explicarle mi situación. Mi suegra es heredera con sus otros 9 hermanos de un terreno de aproximadamente 3 hectáreas. Todos los hermanos se repartieron los terrenos en parcelas y mi suegra quiere darnos un terreno para que mi novio y yo comencemos la construcción de nuestra casa, sin embargo ante eventualidades con los otros propietarios queremos hacerle los papeles de propiedad al terreno. Pero no sé cómo sería el trámite y me siento muy confundida me podría ayudar???

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    1. Hola buenos días Berly, existe la declaración sucesoral? en la partición ¿cada heredero separo e inscribió la parte de su herencia? ese es el primer paso a seguir... Saludos.

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  57. Hola,Agradezco su información y su tiempo
    Mi pregunta es : soy extranjera con visado de turista y quiero comprar un terreno que estan tegistrando pero todavia esta en proceso aquí pero se esta retrasando por ños problemas electricos en venezuela.es posible? Que documentos necesito. Al vendedor le urge venderlo por falta de dinero y me ha puesto ultimátum de una semana.como puedo hacer que esa compra sea legal y segura? Que documentos le pido?

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    1. Hola Leandri, muy buenos días; te pregunto ¿lograste leer algunas de las respuestas anteriores en este mismo apartado? En condición de turista no creo que ningún registro o notaria firme esa compra venta... Lo único que te otorgara seguridad es un documento debidamente registrado ante registro inmobiliario correspondiente. Mi consejo es que para que puedas salir de dudas por ti misma te dirijas con el vendedor hasta la notaria o registro inmobiliario mas cercano, porque dependerá de cada registrador o notario la aceptación o no cuando la compra-venta se realice solo con visa de turista....

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  58. Buenos días, mi inquietud es la siguiente quiero comprar una casa la cual no posee titulo de propiedad debido a que el terreno donde esta construida es municipal, el dueño me comento que se realizaría un titulo de compraventa privado firmado por un notario, aunque el ya consigno los papeles para poder obtener el titulo supletorio que este tramite se tarda de 2 a 3 meses, por lo tanto quiere el dinero de contado una vez firmado el contrato de compraventa.¿Que tan seguro es todo este tramite?

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    1. Hola buenos días. En relación a su consulta todo dependerá del grado de confianza que tenga con el vendedor, en cuanto a legalidad del documento privado no tiene ninguna validez antes las autoridades, solo una firma notariada puede otorgarle garantía y mas con la entrega total del precio de venta.
      "Nuestra intención es aclarar sus dudas mediante la asesoría básica y gratuita, brindando una orientación oportuna; pero si deseas una asesoría personalizada y completa puede contratar nuestro servicio
      ​ Online​".​

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  59. Hola buenas noches gracias por tu informacion y tu tiempo tu blogs es espectacular mi pregunta es q ne estan vendiendo una casa pero la persona hizo dos casas y estan metidas en un mismo terreno y la tiene registrada como una sola casa que tenemos q hacer para separar las propiedades para poder comprar

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    1. Hola Franci, buen dia, gracias por tus palabras... en relación a tu consulta tienen varias opciones y solo uds decirán cual es la conveniente.
      1.- COPROPIEDAD: Propiamente no es una división del inmueble, mas bien es “compartir” el inmueble, es decir, el inmueble sigue conservando su unidad, sigue siendo uno solo.
      2.- SUBDIVISIÓN: Esta si es la división del inmueble, es el trámite ideal para adquirir la plena propiedad de una fracción de un inmueble
      3.- CONDOMINIO: Mas que dividir el terreno, la finalidad del condominio es dividir las construcciones, es decir, mediante la constitución del régimen de propiedad en condominio, las construcciones de un inmueble que son susceptibles de aprovecharse en forma individual por cada uno de los propietarios.

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  60. Hola buenas tardes, quisieran que me ayudara en lo siguiente: Mi esposo y yo compramos una casa en mayo de 1999 notariamos el documento de compraventa pero no lo registramos en el registro inmobiliario y en septiembre del año 1999 fallecio mi esposo, realice la declaracion sucesoral y ahora quiero saber si para vender la casa necesito hacer el tramite de registrar el documento de compra venta notariado ante el registro antes de hacer los tramites de venta. Gracias

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    1. Hola Pitufa, es un caso frecuente y recurrente... si bien es cierto la compra por notaria es legal, ese documento de compra venta no te da derechos legales del inmueble frente a terceros, es decir la unica forma que te da derechos es la inscripción en el registro inmobiliario de la venta de un inmueble, es la forma que la ley entiende que se verifica la entrega de ella, de manera que si no has inscrito la propiedad es igual a que no la tuvieras. Aunque la ley no ha establecido un plazo para la inscripción de bienes raíces, no significa que estas fuera de riesgo por cuanto pueden darse escenarios en que te veas absolutamente privado de tu derecho. A modo de ejemplo, si la persona que vendió, falleció un año después de la venta y sus herederos hacen la posesión efectiva incluyendo el inmueble vendido, y transcurren 5 años desde la inscripción que otorga el dominio del inmueble a ellos, ellos adquieren la propiedad por prescripción adquisitiva y perderás tu derecho en la propiedad. Si no inscribes la propiedad a tu nombre te puedes quedar sin ella, puede ser objeto de embargos, juicios, prohibiciones, declaraciones de bien familiar, entre otras. Te invito a que te dirijas al Registro Inmobiliario correspondiente y allí mismo te informes sobre la venta. Saludos.

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  61. Hola. Cambié un vehículo por una vivienda. El notariado del vehículo se hizo. La persona me entregó todos los papeles originales de la vivienda para que yo realizara los tramites. Hace 2 años que no tengo forma de ubicar al propietario. La ultima vez que lo vi me trajo los documentos solventes de catastro, solvencia de pago municipal y aseo y condominio. Yo vivo en esta casa desde entonces. ¿como hago para que la casa esté a mi nombre? El es un señor casado.

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    1. Buenas tardes Anseume, la única forma de hacer que la casa este a tu nombre es haciendo una compra-venta con el propietrio de la casa (aun es el propietario), en ese entonces debieron ponerse en manos de un abogado para que en el documento de compra-venta de la propiedad se estipulara el pago o el cambio.Te invito a leer el comentario anterior a este.... Saludos y éxitos.

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  62. HOLA BUENAS TARDES, GRACIAS POR ESTE ESPACIO MUY NUTRITIVO. LA FELICITO. MI INQUIETUD ES LA SIGUIENTE. YO TENGO UN TERRENO PROPIO Y UNA CASA CON DOCUMENTO DE BIENHECHURIA REGISTRADO. PERO CONSTRUI DESDE HACE ALGUNOS AÑOS, POCO A POCO UNA PLANTA SUPERIOR CON ENTRADA INDEPENDIENTE. TIENE RECIBO DE LUZ INDEPENDIENTE TAMBIEN. Y HOY EN DIA QUIERO VENDER ESA PLANTA ALTA DE LA CASA, PERO TENGO QUE HACER LA BIENHRCHURIA. MI PREGUNTA ES: PUEDO VENDER LA PLANTA ALTA COMO UNA CASA A PARTE DE LA DE LA PLANTA BAJA? Y SI ES ASI. PUEDO HACER LAS DOS ACTIVIDADES EN EL MISMO DOCUMENTO ( BIENHECHURIA Y VENTA). MUCHAS GRACIAS POR SU TIEMPO, DE ANTEMANO.

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    1. Buenas tardes Arturo,:empecemos por el tema técnico

      *En este momento debe legalizar la construcción que hizo si permiso (planta alta)
      *Luego hacer una división horizontal, con su cambio de escrituras y cambios en el registro de propiedad y catastro (Alcaldía), para luego poder ejercer la venta de esa parte del inmueble como propiedad independiente.
      Saludos y éxitos

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  63. Buenas tardes. Le felicito por su valiosa y oportuna información. Mi padre falleció hace dos años y no se realizo la declaración sucesoral de los bienes, mi pregunta es si aun puede realizarse la declaración sucesor al o si el procedimiento sería otro? Muchas gracias de antemano.

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    1. Hola Hélen, muy buenos días, deseo que hayas podido leer todo los requisitos en el apartado dedicado a la declaración sucesoral, y como pasaron mas de los 180 días correspondientes deberán pagar una multa. Es importante que todos los bienes muebles,inmuebles e intangibles a nombre de tu papá o de la comunidad conyugal los incluyan en la delclaración sucesoral. Recuerda que este tramite se hace en linea a través del portal Seniat. Saludos y éxitos

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  64. Hola buenas tardes una pregunta quisiera saber lo siguiente a mi esposo le vendieron la casa sus abuelos paternos cuando el tenía 18 años ahora tiene 42 y le colocan en el documento como cláusula que no puede vender mi tener dominio total de la vivienda hasta que el último muera osea de los dos abuelos, la abuela murió y nosotros vivimos con ambos el abuelo aún vive sabemos que no puede vender debido a la cláusula que le imponen aunque es lamentable ya que hemos sufrido mucho porque sus tíos hijos de sus abuelos entre ellos esta su padre a lo último osea a esta hora es que están arrepentidos y en su totalidad no aceptan el negocio que sus padres hicieron con mi esposo para ese entonces, ahora bien ellos pudieran quitarle la casa pues eso nos preocupa porque como esta este país Venezuela pues muchos se prestan para hacer sus mañas perjudicando a otros.
    Le agradecería su respuesta pronto.

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    1. Buenas tardes, nada pueden hacer contra ustedes, puesto si esa venta se hizo cuando los abuelos estaban en plena facultades mentales y físicas ese contrato no puede ser invalidado, simplemente cumplan las clausulas y espero que hayan registrado esa compra-venta en su debido momento. Saludos y éxitos

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  65. hola...
    Deseo una pequeña asesoria o informacion, lo siguiente: en cuantos a los documentos de opcion a compra obligatoriamente se debe cancelar la inicial en dinero no existe la posibilidad de dar en garantia alguna propiedad un mueble o un inmueble, la situacion es, estoy interesada en comprar una casa por un credito hipotecario obviamente el banco me exige un documento de opcion compra venta, pero adquiri un vehiculo y no poseo la inicial para dicha compra, en tal caso podria dar en garantia el carro o algun inmueble (terreno).

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  66. Hola Yalida, muy buenos días, en relación a tu consulta el aceptar o no dicha negociación quedará por parte del vendedor, el decidirá si acepta o no el carro u otra propiedad como parte del pago. Las arras en la opción compra-venta suelen acceder al 30% del valor del inmueble objeto, y se usa para garantizar que se cumplirá el contrato final; otorgar un carro u otra propiedad como garantía es válido, sin embargo debe quedar asentado en la opción compra-venta el valor del vehículo o la propiedad (con sus tasaciones correspondientes) así como sus características y que se esta otorgando como parte del pago); ahora los requisitos que exigirá el banco aparte de la opción compra venta para el crédito son otros y están descritos en el articulo arriba. Antes de iniciar cualquier negocio inmobiliario debemos verificar si somos candidatos para optar por un crédito hipotecario, y por supuesto indagar si existen los recursos. Saludos y éxitos.

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  67. Buenas tardes tardes ante todo un gran saludos por dar muy buenas soluciones a todos por este medio mi pregunta es me encuentro vendiendo un inmueble de mi propiedad el cual obtuve mediante un crédito FAOV por el banco Venezuela tiene tan solo 4 años de la compra por lo tanto estoy vendiendo por motivos de viaje a otro estado como debo hacer con respecto a banavih y banco Venezuela tengo el borrador de liberación por banco Venezuela pero no se que otros recaudos debo consignar con relación a banavih para poder vender y que de cierto hay que debería cancelar la deuda total para poder vender gracias si puede ayudarme con la información

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  68. Hola Luisfer, debes hacer el reintegro del subsidio habitacional, ¿Como se hace? dirigiéndote a Fondo común para solicitar una carta donde el banco especifique el estado de cuenta, donde se refleje el saldo del subsidio otorgado, y luego con carta en mano ir a Banavih, ahí te otorgan un estado de cuenta donde se refleja cual es el valor del reintegro del subsidio (que lo calculan a la unidad tributaria actual al momento de la venta), con ese monto se compra un cheque de gerencia a nombre del Banavih , luego te diriges a la caja y realizas el pago.
    Una vez hecho el pago debes dirigirte al departamento de correspondencia del mismo Banavih y haces la solicitud de la solvencia para poder vender el inmueble, esta solvencia la entregan en 20 días hábiles(deberían) , luego de poseerla puedes vender. No te olvides de dar un me gusta en mi pagina de Facebook, gracias

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  69. Buenas noches, gracias por ayudarnos aclarar muchas dudas que tenemos. El caso es el siguiente se va a realizar un titulo supletorio, ya se tiene toda la documentación permiso de la Alcaldía, planos, ficha catastral.. La casa es de dos plantas la sra que va a hacer el titulo vive en la primera planta y su hija en la segunda, ella debería hacer un solo título con todas las especificaciones y luego hacer un documento de venta de la segunda planta a su hija o como es primera vez que se realiza el trámite sería mejor que cada una hiciera un titulo supletorio de su parte de la casa? Y si es así la ficha catastral y los permisos de una de las plantas sería valida para la otra? Muchas gracias

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    1. Hola buenos días Noemi, si lees 8 comentarios mas arriba encuentras la respuesta a tu inquietud. Saludos , gracias por tus palabras, y te invito de dar un me gusta en mi página de facebook.

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  70. Hola buenos días. Quiero donar mi vivienda a mi única hija. Y quisiera saber si este procedimiento es mas engorroso
    que realizarle la venta del mismo. De antemano le doy gracias por su ayuda.

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    1. Buenas tarde Blck, Una donación conlleva consecuencias fiscales tanto para el donatario como para el donante, para tener mas claridad y los gatos en los que incurrirán deben buscar la asesoría de un abogado. Éxitos.

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  71. Buena noche. Muy buen espacio, gracias de antemano. Estoy por comprar una parcela que forma parte del terreno a un "pisatario", él no posee documentos de propiedad. ¿es valido hacer un contrato compra-venta notariado?

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    1. Buenas tardes, imposible firmar un contrato de compra-venta sin documentos de propiedad.

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  72. Buenas noches tengo una consulta: una amiga realizo un documento de opcion a compra por una casa pago mas de la mitad al vendedor por la inicial pero estaba esperando la liberacion de hipoteca que tenia el inmueble en este tiempo ella fallecio en un accidente solo quedaron su padres ellos quieren culminar la compra pero ahora el vendedor quiere devolverle a ello solo la inicial y ya eso esta devaluado que aplicaria en este caso

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    1. Buenos días Gisela, en este caso todo apela a la buena fe de las personas, en este caso me indicas que los padres desean seguir con la compra-venta lo cual es valido siendo ellos herederos, pero si el propietario no desea el se esta negando, por lo tanto lean las clausulas del contrato; para disolver la operación el debe regresar lo que se indique en la clausulas ya que no se esta concretando el negocio por causas mayores y además los padres desean seguir la compra-venta con lo que podrían ahorrarse ambas partes una serie de conflictos legales. les invito a que coloquen su caso en manos de un abogado para un mejor asesoramiento

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  73. Buenos días, excelente calidad tanto de los artículos como de las respuestas a las preguntas, en la actualidad hay limitaciones al precio de venta de los inmuebles?, existen avalúo privados o si el negocio es de contado no se avalúan los inmuebles? de antemano gracias.

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    1. Hola buenos días, gracias por tus comentarios. En cuanto a la pregunta si hay limitaciones en cuanto al precio de inmuebles eso depende mucho del tipo de inmueble pero limitaciones no hay exceptuando las que indique el avalúo, puesto seguramente hay quienes tasan su inmueble con valor sentimental mas no con valor real de la propiedad. En cuanto a los evaluación por parte de un profesional es recomendable hacer dicha valuación, porque es la que realmente otorga una estimacion al valor real inmueble basándose en detalles que a veces como compradores y/o vendedores pasamos por alto. Saludos

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  74. Buenas tardes mi inquietud es la siguiente: vivimos alquilados hace 12 años, durante este tiempo en tres oportunidades nos han referido intención de venta, mas sin embargo nunca se ha concretado como tal, ya que, no han realizado la documentación correspondiente ni han dado precio de venta. Nosotros nunca nos hemos negado a la compra pero ahora ellos alegan querer la venta en efectivo. Mi pregunta es nosotros podemos comprar por crédito? en este caso como quedamos nosotros? hasta donde nos ampara la ley y como podemos hacer? agradeciendo su atención, saludos.

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    1. Hola Carlene, ustedes tienen la prioridad de compra, el arrendador debe comunicarles su intención de vender la vivienda y ofrecérsela por el mismo precio que a un tercero a través de una carta escrita, y si ustedes renuncian al derecho de compra el propietario puede vender la vivienda. En cuanto el método de pago pueden conversar y llegar a buen termino para ambas partes. Saludos

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  75. Hola adquirí una vivienda hipotecada el cual al titular y yo fuimos al banco aterminar de cancelar la hipoteca ahora para esperar el finiquito son 2 semanas y armar carpeta para su liberación de hipoteca ya q ese fue el último pago mi pregunta es hice un documento notario PODER EL CUAL indica q la propietaria me vendió y tengo pder amplio y suficiente para hacer con esa vivienda lo quería y terminar de agilizar los documentos ...puedo estar tranquila mientras agilizó los documento de esa vivienda ya q ella misma Ll a titular fue a notaria a firmar el poder ..y la vivienda si esta registrada ...

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    1. Hola Ivan, Me indicas que tienes un poder amplio sobre la propiedad? también dispone del contrato de compra venta? posee los respaldos del pago y liberación de hipoteca? de ser así, todo esta en orden. Saludos y éxitos

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  76. buenas noches de antemano gracias dos cosas en la que me pueda asesorar mi esposa falleció no tubimos hijos ella tenia una hija ya mayor de edad compramos una casa en el año 98 y nos casamos en el 2006 siempre vivimos solos el documento de la casa esta solo ella como propietaria yo no aparezco y el abogado dice que toca 50 y 50 que hay de cierto y lo otro yo puedo solicitar un crédito hipotecario para pagar la parte de la herencia de la casa gracias

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    1. Hola, lamento mucho su perdida. En cuanto a la división de bienes es correcto lo que indican, y en cuanto al pago deben conversar y que ambas partes salgan beneficiadas y en buen termino; y claro que puedes solicitar un crédito para el pago del 50% del valor del inmueble. ¨Pónganse en manos profesionales. Saludos

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  77. Buenos dias,
    Antes que nada Gracias por su Block muy bueno.
    Mis suegros compraron el apartamento donde vivo a su nombre porque el cheque de venta de su vivienda principal salio a nombre de la vendedora de este apto. Pero el apartamento lo terminamos de pagar mi esposo y yo despues de tres años, ahora que terminamos de pagar necesitamos hacer los documentos a nuestro nombre, es decir venta de mis suegros a nosotros. Cuales son los pasos a seguir?
    Por otro lado, deseo adelantar la documentación pero mi suegra esta haciendo el registro de vivienda principal otro apartamento (no es este) y me informa que me vendera este como vivienda secundaria pero no puedo adelantar nada hasta que ella presente el nvo apartamento eso es cierto?.
    Y si tengo un apartamento a mi nombre adquirido soltera como vivienda principal , puedo presentar este como casada como vivienda principal?
    Gracias por su ayuda

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    1. Hola Yeraldine, saludos, no me dices si este apartamento que mencionas esta inscrito como vivienda principal? Tienes pruebas donde indiquen que el pago lo hiciste con tu esposo? En cuanto a lo que alega tu suegra que no se puede hacer tramites de es falso, de poder se puede siempre y cuando todo este en el debido Orden, los requisitos estas descritos arriba en el post principal. En cuanto a tu otra consulta solo puedes tener registro de una vivienda ppal.

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  78. Hola, quiero felicitarlos por la claridad de sus respuestas. Le expongo mi caso, quiero vender mi apartamento, en el firmamos mi madre con cédula de casada y yo, mi padre falleció hace 7 años, en la declaración sucesorial están las propiedades menos dicho apartamento, ahora alegan que debe estar en la declaración, somos 3 hermanas y ninguna se opone a la venta. Que pasos debo seguir.muchas gracias de antemano.

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    1. Hola buenos días Carmen, si en el documento aparecen tu mama y tu como propietarias no debe aparecer en la declaración sucesoral, ya que si bien la mitad pertenece a tu mamá ella no falleció, por lo tanto la declaración de bienes se hace en los bienes comunes del matrimonio, al morir uno de los cónyuges, el otro lo que hace es retirar el 50 % que le correspondía sobre los bienes gananciales, ya que la sociedad conyugal termina en este caso por muerte. Saludos y éxitos.

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  79. Buenas noches. Satisface observar su atención a los lectores, pues a todos responde con precisión. Quisiera consultar, por favor: una señora mayor es única heredera de un inmueble y desea registrar ese inmueble a nombre de sus dos hijos de crianza (ella no tuvo descendencia). Ella tiene su solvencia sucesoral y el inmueble actualmente está registrado a nombre del familiar fallecido. ¿Qué proceso seguir o de qué forma puede quedar el inmueble en propiedad de los dos hermanos? Agradecido con anticipación por su respuesta.

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    1. Buen día estimado Carlos, gracias por tus comentarios. En cuanto a la consulta que haces es un poco delicada, como primero hay que salvaguardar el derecho de esta señora, ella no ha hecho la posesión efectiva del inmueble por lo tanto es el primer paso a seguir, como segundo paso yo aconsejo antes que una donación que se haga un testamento a nombre de sus hijos de crianza y así están todos protegidos. Saludos cordiales.

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    2. Gracias! Y la "POSESIÓN EFECTIVA" del inmueble heredado. ¿es un trámite o documento por Registro? La Sra. lo único que tiene es su Declaración Sucesoral (su Solvencia que le dió el SENIAT) como heredera única del inmueble.

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    3. En este caso tratándose de bienes raíces, que se haya practicado la correspondiente inscripción especial de herencia a nombre de los herederos. Es decir ella debe inscribir a su nombre el inmueble para luego poder heredarlo o donarlo.... Saludos

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  80. Hola voy a comprar una casa por 9.800.000 por credito bancario y ya todo esta listo mi duda es cuando vaya al registro yo como comprador tengo que pagar algo y cuanto seria ??? Gracias por todo

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    1. Hola David, todo esta debidamente especificado en los requisitos descritos, pero te aclaro nuevamente : Si el inmueble no es vivienda principal, se debe presentar la planilla forma 33 del Seniat (pago de impuesto del 0,5 % ) (esto corresponde al vendedor) también si el valor de la venta supera las 3.000 U.T. (en tu caso los supera pero corresponde al vendedor del inmueble ese pago). En cuanto al pago que debes hacer como comprador te corresponde: pago de los derecho de Registro (calculo, el registro inmobiliario emite una planilla de acuerdo al monto del inmueble y otros, que debe ser pagada en los bancos acreditados, correspondiente a los aranceles judiciales por registro) y pago de Impuestos Municipales, así como otros que se consideren como honorarios de abogados y redacción de documentos. Saludos, gracias por tu "me gusta"

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  81. Buenos días Dra.
    Tengo la siguiente inquietud:
    Soy heredero junto a mis tres (3) hermanos de una propiedad perteneciente a mis padres (ambos difuntos) pero se da el caso que no hemos iniciado el tramite de solicitud de declaración ante los tribunales para que nos reconozca como herederos únicos y universales, por que no he podido conseguir copia de mi partida de nacimiento por mas diligencias que hemos hecho y tuve que solicitar al SAIME mis datos filiatorios. ¿con estos datos filiatorios podemos iniciar el tramite.

    Gracias de antemanos

    S@ludos cordiales.

    Juan Eduardo Penso Gallardo
    C.I. V-4.426.306
    Juanpenso_24@hotmail.com / jepenso73@gtmail.com

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    1. Estimado Juan, el ponerse en manos de un abogado resolverá sus dudas, pero con los datos filiatorios será suficiente prueba, también le aconsejo no colocar sus datos personales detallados, en público, saludos y exitos

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  82. Saludos buen día. El trámite será adquirir una vivienda a favor de un niño de 4 años, representado por su madre. La duda es, en cuanto al llenado de la Planilla 33 Seniat, en él área del comprador deben indicarse sus datos, incluyendo el rif, la titular por ser de 4 años aún no posee. Como debería ser el llenado, con los datos de la niña obviando el rif, o con los datos de su representante madre que si tiene Rif? Agradecería su asesoría, contacto: jesuseduardo_soto@hotmail.com

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    1. Hola Jesús , buen día, mo se puede dar tutor ni curador general al que está bajo la patria potestad, ponganse en anos de un abogado que los oriente en el proceso. Saludos y bendiciones.

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  83. Buenas noches, sera que tiene un modelo de compra venta de una sucesión? la esposa del difunto va a vender la parte de ella

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    1. Buenos días Susana, en la pestaña "Modelos y Formatos de documentos" hay varios ejemplos" utilice el indice para ubicar el documento requerido, Saludos

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  84. Buenos días, ante todo muchas gracias por su orientación, una sra compro junto con otras dos personas un terreno de 600 mts está registrado a nombre de los tres, sólo ella construye una casa de dos pisos en la parte del centro de dicho terreno, ahora ella quiere vender pero ellos no, como haría si la ficha catastral sale la totalidad del terreno, leí en sus comentarios anteriores que puede realizarse COPROPIEDAD, que creo que no entraría aquí, SUBDIVISIÓN:que explicó que es la división del inmueble, ya que ella quiere adquirir la plena propiedad de una fracción del inmueble si es así que pasos debo seguir para este proceso, tendría que contratar algún experto que haga la división del terreno o realizarlo directamente por el Registro también explicó sobre el CONDOMINIO: no se si esto podría realizarse de ser así también quisiera saber que pasos debo seguir. Gracias

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    1. Hola Noemi, gracias por tu contacto, te comento, lo que deben hacer es dividir el terreno, como primero deben buscar un topografo para que marque los linderos de dicho predio, un abogado para redactar los documentos; ahora, todo esto genera gastos que si bien las otras personas no están de acuerdo en la venta no pueden negarse a la separación del terreno. Saludos y éxitos.

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  85. hola muy buenas tardes excelente su pagina quería preguntarle algo ya que tengo un problema mis padres se divorciaron y me dejaron una casa a mi nombre , yo acorde con mi mama de que se la quería devolver , por lo cual hicimos una venta ficticia ósea que yo se la vendía a mi mama y notaríamos dichos documentos , la casa quedo a nombre de mi mama en ese entonces la casa tenia 1 piso , hoy en día la casa dispone de don pisos y el 3ro tiene una estructura de hierro con laminas de aceroli , la cosa es haci el 2do piso se le alquilo a una prima pero ha el tiempo se decidió vendérselo se hiso un negocio verbal y se firmo las copias de los cheques con el valor de la casa y un papel hecho a computadora donde se le vendía el segundo piso pero nunca se notaria ya an pasado 2 años y no se ha notariado nada , pero ahora ellos quieren el segundo piso que les vendimos y el tercero ya que ellos dicen que les corresponde y al parecer ellos pagaron y notaria ron y tienen todo eso legal que debo hacer le agradezco de antemano eso , y donde puedo ir o si usted misma puede atenderme ese caso millll gracias

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    1. Hola Anthony, buenas tardes, para que un negocio sea afectivo ante notaría deben firmar todos los interesados, un negocio verbal y un documento elaborado en casa sin intermediación de un abogado hoy prácticamente es nulo, y ni siquiera es válido para presentarlo ante un notario, ya que para que exista una "venta" hay que presentar muchos recaudos que si logró leer mas arriba, no creo se hayan cumplido; como primero para hacer una venta de un piso superior se debe hacer una subdivisión o una copropiedad. Saludos y éxitos, si desea mas información escribame mediante el formulario de atención

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  86. buenos dias tengo un amigo que me quiere dejar de herencia su casa. el no le quiere dejar nada a sus hijos. el quiere hacer un documento que los hijo no puedan revocar que podriamos hacer el esta vivo todavia y quiere dejar todo arreglado

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    1. Hola Jose, saludos, en relación a su consulta le comento lo siguiente: su amigo puede donarle o heredarle su casa, la donación es un regalo y conviene que se e haga por escrito, y si se trata de un bien inmueble, es preciso hacerlo en escritura pública ante notario pero también tiene consecuencias fiscales para ambos, es decir deben pagar impuestos en este caso usted deberá pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, al igual que en el caso de las herencias, pero con condiciones más duras, ya que en el cálculo de la base liquidable no se aplican las reducciones previstas por edad y parentesco, lo que da como resultado una cuota mayor. La donación puede darse con usufructo para el donante. En cuanto a una herencia mediante testamento su amigo puede revocar los derechos hereditarios a sus hijos menos la legitima estricta. Saludos

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  87. Hola, mi duda es la siguiente, compre un apartamento y tengo el documento de compra y venta registrado y legal. Quiero registrarlo como vivienda principal a mi nombre pero ya la vivienda está registrada a nombre de la antigua dueña. Ella extravío el documento de registro original y solo tiene copia. Puedo anular ese registro y registrarlo a mi nombre con sólo la copia?

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    1. Buenas tardes, saludos Emilio, debe acudir con el documento de compra-venta del inmueble, automáticamente deberia quedar anulada la otra inscripción porque el dueño ahora es usted; en su defecto que acuda la propietaria con el documento de compra--venta ( el que firmo con usted) no deberían pedirle mas requisitos.

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  88. Buenos días, somos 5 hermanos, mi padre nos dejó 3 casa de herencia,necesitamos vender una de las casas pero uno de mis hermanos que aparece como heredero también falleció,mi hermano dejó un hijo; en este caso como haríamos para vender la casa ya que mi hermano falleció,que documento tenemos que sacar para que mi sobrino firme o autorice la venta por mi hermano?

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    1. Hola, como su hermano falleció su hijo deben abrir una sucesión en la cual se incluya la parte de la herencia que le correspondía a su padre, para ser mas clara su sobrino ahora pasa a ser heredero de la herencia de su padre. ¿Tienen la sucesión y todo en regla correcto? . Saludos

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  89. Buenas noches ! Hace dos años adquiri una vivienda y no la he registrado como vivienda principal , quisiera saber si aun tengo tiempo de registrarla ?

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    1. Buenos días Erika, por supuesto que puede, solo acuda con los requisitos descritos en la sección correspondiente a vivienda principal.

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  90. buenas tardes, me gustaria saber cual es la mejor opcion para vender los derechos que nos corresponden a nuestros hijos menores sobre un inmueble (apartamento)cesion, donacion, venta, etc, de manera tal que podamos poner una condicon como por ejemplo un usufructo para que ellos no lo puedan vender cuando cumplan la mayoria de edad, hasta que sus padres fallezcan, pero de igual modo si es necesario en un futuro los padres lo puedan vender en algun momento determinado si es necesario

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  91. Buen dia, mi caso es el siguiente: Hay un terreno que se quiere vender, este terreno solo tiene un documento de compra venta notariado que esta a nombre de dos concubinos que aparecen alli como solteros, pero la sra fallecio, no hay declaracion sucesoral, que debe hacerse para poder vender? Es obligatorio tramitar la declaracion sucesoral? o puede vender el sr ya que aparecen solteros? Y los unicos herederos alli son el sr y un hijo.

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  92. Hola Carolina, es correcto, debe hacerse la declaración #sucesoral

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  93. Buenos Dias! Excelente Blog, Te Felicito... Mi caso es el siguiente: Mi Suegro quiere solicitar un credito FAOV para mejoras del hogar, dicha vivienda fue construida por el antiguo INAVI, el realizo todos los pagos pertinentes y ellos le dieron un documento que dice que pago y la casa es de el creo que es un titulo supletorio, en fin, el terreno que antes era de la municipalidad fue absorbido por el Instituto Nacional de Tierras (INTI) y esta institucion no otorga titularidad de terrenos. la cuestion es que indagando me encontre con que el INTI otorga una "Autorizacion para el Traspaso de Bienechurias", conoce usted el caso de alguien que le funcionara esta opcion para optar por el credito del FAOV?

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    1. Estimado Alfredo, aunque no he conocido del algún caso parecido, si tu suegro cotiza el FAOV, posee el titulo supletorio, y contará con esta autorización mas los demás recaudos exigidos, no creo haya inconvenientes, siempre y cuando no este en una de las "zonas protegidas", pero lo mas aconsejable siempre será ir directamente a la fuente. Saludos y me encantaría que nos comente luego la experiencia.

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  94. Hello buenas tardes, tengo un apartamento que compré por ley política con el banco de Venezuela quisiera venderlo como haría he solicitado ya hace 2 mese quee descuenten la deuda y aún nada como podría venderlo?

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  95. Buenas tardes tengo un apartamento que compré por ley política con el banco de Venezuela hace 2 meses solicite el descuento por la totalidad de la deuda para cancelar y aún nada que lo gestiona el banco. Estoy urgida por vender como podría hacer?

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  96. Hello buenas tardes tengo un apartamento que compré por ley política habitación hace 2 meses he querido hacer cancelarlo y aún él banco de Venezuela no me ha hecho el descuento necesito venderlo como haría?

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    1. Hola ¿como estas?Te comento que si es posible vender el inmueble antes de los 5 años haciendo el reintegro del subsidio habitacional, ¿Como se hace? debes dirigirte al Bco de Vzla y solicitar una carta donde el banco especifique el estado de cuenta donde se refleje el saldo del subsidio otorgado, luego con carta en mano debes ir a Banavih, ahí otorgan un estado de cuenta donde se refleja cual es el valor del reintegro del subsidio (que lo calculan a la unidad tributaria actual al momento de la venta), con ese monto se compra un cheque de gerencia a nombre del Banavih , luego dirigirse a caja a realizar el pago.
      Una vez hecho el pago debe dirigirse al departamento de correspondencia del mismo Banavih y hacer la solicitud de la solvencia para poder vender el inmueble, esta solvencia la entregan en 20 días hábiles , luego de poseerla puedes vender.

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  97. buenas noches tengo una duda ya compre mi apartamento mediante un credito hipotecario ya firmamos ambas partes en cuanto tiempo ella debe desalojarme el inmueble ya q dice q aun no ha encontardo para donde irse

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    1. Buenos días Rosani, eso ya queda de parte de ustedes como un acuerdo que puedan hacer, pero normalmente al momento de la firma el inmueble ya debería estar desocupado de objetos y personas.

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  98. Hola, me gustaria obtener informacion sobre los requisitos o recaudos que debere consignar para notariar una documento de opcion de venta de un inmueble obtenido mediante sucesion

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  99. Que requisitos debo presentar para notariar una opcion de compra de un inmueble

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    1. Omer, buenos días, esta todo debidamente especificado en el Apartado I, saludos.

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  100. Buenas Tardes, mi caso es el siguiente: Mi abuela me comento que quiere dejarme el apartamento donde he vivido con ella desde hace 20 años a mi persona, ella esta en su plena propiedad intelectual, dicho apartamento lo compro ella junto a mi abuelo que fallecio hace unos 16 años, ella ya hablo con un tio y el acepto esto, mas el otro hijo no quiere que me lo venda , mis interrogantes son las siguientes a) Ella puede venderme el apartamento o b) Donarme/transferirme/cederme el apartamento?; Agradeciendo de antemano su ayuda y pronta respuesta me despido

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    1. Hola Marko, creo te conteste este mensaje mediante correo-e, de no ser asi te explico brevemente, por tratarse de un bien habido en matrominio debieron haber hecho la declaración sucesoral en su momento (al fallecimiento de tu abuelo) porque los hijosa son herederos de ese apartamento igual que tu abuela, al menos que en ese entonces ssi se hizo la declaración sucesoral y que tu abuela haya quedado como dueña absoluta del apartamento, de ser así ella puede donar o testar el apartamento a tu nombre. Saludos

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  101. Hola, buenas tardes, me gustaría que me aclarara una duda que tengo, compre un apartamento hace 18 años, en ese tiempo vivia con el padre de mi hija, por ende yo soy titular y él es cotitular, nos separamos un año despues de la adquisicion y yo me quede viviendo alli, el se fue, ahora se esta acercando la fecha de liberación de la hipoteca, pero yo he sido quien ha pagado el apartamento mensualmente durante estos 18 años. como haria yo para quitarlo como cotitular del documento, y quedar como unico dueño del inmueble? gracias

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    1. Hola Grace, el apartamento esta a nombre de los dos y solo puedes defenderte con el respaldo de los pagos efectuado por ti durante estos 18 años, así como poder probar que el se fue y tu sola asumiste el pago del inmueble. Otra opción seria hablar con esa persona y que de buena fe renuncie al derecho sobre el inmueble.

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    2. No quiere renunciar de buena fe, asi que me tocara defenderme con el respaldo de los pagos, y con los testigos de que se fue.

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  102. Buenas Tardes, mi consulta es referente a la compra de un casa en un conjunto residencial que no tiene Condominio, pero en el documento dice "... correspondiendole a la misma el porcentaje de 0,0476% porcentaje que le corresponde a las viviendas en los gastos comunes del Conjunto Residencial Santa Clara en todo lo relativo a cualquier gasto común...", es legal y obligatorio que el documento diga eso, si todos los gastos que se han generado se han cancelado en partes iguales por todos los habitantes, este caso se encuentra en un tribunal penal por estafa continuada si firmo me otorgan la propiedad así no se haya resuelto el caso penal? Gracias, excelente blogs

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    1. Hola Maria Gabriela, por ser un conjunto residencial se supone que en cualquier momento luego de habitado contará con junta de condominio, o bien alguno asumirá esta posición (administrador) para velar por el buen funcionamiento del mismo, o en caso contrario contratar una empresa externa que encargará del mantenimiento y cobranza, por lo que es normal que aparezca en el documento lo descrito, y si es legal, porque implica las cargas, obligaciones y derechos de cada propietario en dicho conjunto residencial, saludos

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